Preguntas de Jubilación y Pensión. (Flor)
¿A los cuántos años mínimos
puede jubilarse una persona que esté trabajando en el sector salud?
Artículo 162, de la Ley del
Seguro Social señala que para tener
derecho al goce de las prestaciones del seguro de vejez, se requiere que el
asegurado haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga reconocidas por el
Instituto un mínimo de mil doscientas
cincuenta cotizaciones semanales.
¿Por qué si una persona cotizo
muchos años al seguro social y después entró a trabajar al gobierno, en su
afore es donde se le está abonando lo de su retiro en lugar de abonar al SAR?
El Artículo 18. Hace referencia
que los trabajadores tienen el derecho de solicitar al Instituto su
inscripción, comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de
trabajo y, en su caso, presentar la documentación que acredite dicha relación, demuestre el
período laborado y los salarios percibidos. Lo anterior no libera a los
patrones del cumplimiento de sus obligaciones ni les exime de las sanciones y
responsabilidades en que hubieran incurrido.
Asimismo el trabajador por
conducto del Instituto podrá realizar los trámites administrativos
necesarios para ejercer los derechos
derivados de las pensiones establecidas por esta Ley.
¿Puede una persona de 52 años, con 11 años de
antigüedad en el sector salud, jubilarse aunque sea con menor porcentaje?
La persona puede retirar de su
cuenta individual lo que haya acumulado en su ahorro para el retiro, siempre y
cuando cumpla con todos los requisitos a lo solicitado.
4. Si fuera el caso ¿con que
porcentaje se jubilaría esa persona?
No hay un porcentaje pues este
depende delo que haya cotizado durante su trayectoria laboral.
En caso que el asegurado tenga
sesenta y cinco años o más y no reúna las semanas de cotización, podrá retirar
el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas
necesarias para que opere su pensión. Si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta
semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los
términos del capítulo IV de este Título.
Preguntas de la materia:
Problemática social de los Adultos Mayores (Flor)
En la ley de los derechos de las
personas adultas mayores, en el artículo 5o. habla acerca de la integridad,
dignidad y preferencia, ¿Cómo y de qué manera lo está llevando a cabo el
Gobierno Mexicano? y si no se cumple este derecho ¿Qué medidas está tomando?
La Ley le da la facultad al
INAPAM, funge como organismo protector el cual su objetivo es promover el desarrollo humano integral de los
adultos mayores, brindándoles empleo, ocupación, retribuciones, asistencia y
las oportunidades necesarias para alcanzar niveles de bienestar y alta calidad
de vida, reduciendo las desigualdades extremas y las inequidades de género.
Como medidas es dar beneficios a
la población que cuente con la credencial, la obtención de esta es a ver
cumplido 60 años y más, sus beneficios son:
Descuentos en alimentos,
transporte.
Capacitarlos para alguna
actividad.
Albergues y residencias, en
especial lo que están en situación de calle.
Clubs del INAPAM: organización
de actividades puede ser una actividad de una parte del día y albergues que
pueden ser permanentes.
Pensión alimenticia, la cual es
equivalente a la mitad del salario mínimo vigente.
Descuentos de inscripción de
testamento.
Otro organismo que atiende al
adulto mayor es el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF), es el
representante de los grupos vulnerables por lo que protege y lleva a cabo lo
derechos de los adultos mayores.
En el caso que un adulto mayor está en situación de abandono por parte de sus familiares y se haga una denuncia de los vecinos, ¿Qué es lo que procede jurídicamente?
En el caso que un adulto mayor está en situación de abandono por parte de sus familiares y se haga una denuncia de los vecinos, ¿Qué es lo que procede jurídicamente?
Se hace la denuncia al ministerio
público correspondiente para que proceda la demanda en contra de los familiares
para que cumplan con sus obligaciones para con el adulto mayor. La persona que
denuncia tiene que firmar como responsable y estar en toso el procedimiento.
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